La acción de cortarle el pelo al cantante de música urbana
Manuel Baret Martes (Vakeró), es inconstitucional, declaró hoy la jueza
de la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia de San
Pedro de Macorís.
Vakeró guarda prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de esta ciudad, por violencia de género en perjuicio de la cantante Martha Heredia.
La magistrada expresó que el reglamento que ordena el corte de la cabellera del intérprete de “Que Mujer más Chula” viola el artículo 45 de la Constitución de la República, el cual establece libertad de conciencia y de culto.
Mediante la sentencia número 18-2013, Ordenó al entro de Corrección y Rehabilitación de esta ciudad abstenerse a quitarle el pelo a Vakeró.
Vakeró guarda prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de esta ciudad, por violencia de género en perjuicio de la cantante Martha Heredia.
La magistrada expresó que el reglamento que ordena el corte de la cabellera del intérprete de “Que Mujer más Chula” viola el artículo 45 de la Constitución de la República, el cual establece libertad de conciencia y de culto.
Mediante la sentencia número 18-2013, Ordenó al entro de Corrección y Rehabilitación de esta ciudad abstenerse a quitarle el pelo a Vakeró.
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