Por segunda ocasión en siete meses la crisis interna que sacude al
Partido Revolucionario Dominicano (PRD) se debate en el Tribunal
Superior Electoral (TSE), que conoce este jueves una acción de amparo
preventivo incoada por los dirigentes Hipólito Mejía, Orlando Jorge
Mera, Geanilda Vásquez y Andrés Bautista para que se detenga el
conocimiento de una querella en su contra por el Consejo Nacional de
Disciplina de ese partido por supuestas faltas graves cometidas por
los peticionarios.Mientras que el presidente de la Comisión de Control del PRD, Julio Maríñez, definió como inexplicable que Mejía y su grupo decidieran no presentarse a responder por las violaciones disciplinarias, donde tienen derecho a la defensa y en cambio acudieran por ante el TSE.
Ya el pasado 15 de junio, el TSE, compuesto por los magistrados Mariano Rodríguez, presidente; John Guiliani, Mabel Féliz Báez, José Manuel Hernández Peguero y Marino Mendoza, acogió el recurso de amparo interpuesto por el ingeniero Miguel Vargas Maldonado, luego de haber sido suspendido por la Comisión Política del PRD.
El TSE fijó para este jueves el conocimiento en audiencia de la “Acción de Amparo Preventivo” incoada por los dirigentes perredeístas Hipólito Mejía, Orlando Jorge Mera, Andrés Bautista García y Geanilda Vásquez, a través de sus abogados..
La audiencia fue fijada por el presidente del TSE, Mariano Rodríguez Rijo, mediante auto número 043/2012 de fecha de 19 de diciembre, respondiendo a los peticionarios vía sus abogados, doctores Emmanuel Esquea Guerrero, Eduardo Sanz Lovatón, Sigmund Freud Mena, Ramón Hernández Domínguez, Darío de Jesús, Rafael Mejía Guerrero, Andrés Lugo y Ángel Encarnación.
El segundo dispositivo del auto del TSE autoriza a Mejía, Jorge Mera, Andrés Bautista, Vásquez Almánzar, en su calidad de accionante a emplazar de conformidad con los artículos 102 del Código Civil, 59 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, a la parte accionada, PRD y a los señores José Geovanny Tejada y Rafael Francisco Vásquez, a comparecer a la audiencia precedentemente indicada
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